Términos y Condiciones
Contrato de prestación de servicios médicos de emergencias extra-hospitalarios
PRIMERA: PARTES: Emergencias Médicas del Continente S.A con cedula jurídica número tres-ciento uno- ciento cincuenta y cuatro- novecientos noventa y ocho-, en adelante denominada EMERGENCIAS, y, el AFILIADO identificado como aparece en el documento de CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS, diligenciada al momento de llevar a cabo el proceso de afiliación.
SEGUNDA: DE LOS SERVICIOS: EMERGENCIAS se dedica a la prestación privada, individual, personal y exclusiva de servicios médicos extrahospitalarios. Los servicios de atención médica extrahospitalaria que en virtud de este Contrato de EMERGENCIAS se compromete a prestar al AFILIADO son los descritos en la SEGUNDA CLAUSULA del Contrato CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS. Estos servicios se prestarán de la siguiente forma:
El AFILIADO podrá acceder al sistema vía llamada telefónica o mediante la aplicación de Emergencias Médicas, con el número de identificación personal o credencial, según aplique, el cual es intransferible y que EMERGENCIAS le ha asignado con la firma del contrato y la aceptación de estos términos y condiciones. El sistema y por ende los servicios están habilitados las 24 horas de los 365 días del año.
EMERGENCIAS prestará los servicios de atención de emergencias únicamente dentro del TERRITORIO, según los límites que se detallan más adelante, además prestará servicios extrahospitalarios adicionales, no de emergencia, a nivel nacional según el plan contratado.
EMERGENCIAS, a través de personal especializado efectuará una orientación telefónica al AFILIADO, que podrá requerirla de acuerdo con sus necesidades, en caso de que la solicitud corresponda a una emergencia, lo cual determinará el personal especializado de EMERGENCIAS, se procederá con el envío de una Unidad de Soporte Avanzado de Vida, o con una unidad Motorizada de Primer Intervención; si la solicitud corresponde a una enfermedad aguda se enviará un Médico a Domicilio, con personal idóneo para la resolución de dicho requerimiento. La unidad contará con los elementos necesarios para proveer los cuidos, atención y seguridad correspondiente al AFILIADO, según la necesidad de atención.
EMERGENCIAS suplirá los medicamentos y material desechable necesario para su atención presencial, durante la emergencia, incluyendo los utilizados durante el traslado, sin costo alguno extra. De igual manera, suplirá los medicamentos y material desechable necesario para la atención de enfermedad aguda en la visita médica a domicilio.
EMERGENCIAS no asume responsabilidad por reacciones, alergias y demás consecuencias por historia clínica o médica no declarada por el AFILIADO al momento de su afiliación y/o a momento de la atención de la emergencia, visita médica u orientación mediante la aplicación Emergencias Médica. El suministro de medicamentos se hará bajo total responsabilidad del AFILIADO o la persona que lo acompañe.
EMERGENCIAS no puede prestar ningún servicio ni puede intervenir una vez que el AFILIADO es llevado al centro médico que corresponda. Una vez en ese punto, la obligación de EMERGENCIAS radica en comunicar al personal que recibe al AFILIADO y la atención brindada por EMERGENCIAS. Luego de ello se retirará sin consecuencias o responsabilidad alguna de su parte. EMERGENCIAS no está obligada en ninguna circunstancia a dar seguimiento a la condición del AFILIADO.
En caso de accidentes de tránsito dentro del TERRITORIO, el servicio de EMERGENCIAS se extenderá solamente al AFILIADO. Si en el momento de la atención el AFILIADO no está en condiciones de tomar decisiones por sí mismo, la persona que lo acompaña se reputará para todos los efectos legales de este Contrato, como la persona legalmente responsable por y del AFILIADO y de esta persona recibirá EMERGENCIAS las indicaciones e instrucciones que este Contrato se indican
El AFILIADO acepta expresa e irrevocablemente el alcance y procedimientos descritos para la prestación de los servicios por parte de EMERGENCIAS.
TERCERA: EL SERVICIO CONTRATADO: El AFILIADO, contrata el servicio de protección según su elección de plan en la SEGUNDA CLAUSULA del Contrato CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS, en donde, además, podrá seleccionar la cantidad de beneficiarios llenando cada ficha de datos personales respectivamente.
CUARTA: DE LA CUOTA DE AFILIACIÓN: A los precios de los planes familiares indicados en la TERCERA CLAUSULA del Contrato CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS, se debe agregar el IVA (Impuesto al valor agregado) del 4%, correspondiente a servicios médicos extrahospitalarios o el porcentaje que corresponda al iva según el tipo de servicio adquirido (13% para traslados programados, 2% para capacitaciones), al momento de hacer el pago. Cualquier nuevo impuesto o carga que surja en el futuro será cargado al momento de realizar el cobro, de forma tal que EMERGENCIAS, reciba el importe de forma neta, según corresponda. El monto mensual podrá ser ajustado por razones cambiarias o de inflación, de acuerdo con el índice del Banco Central y los distintos componentes del costo operacional de EMERGENCIAS, o por la inclusión o exclusión de algún beneficiario o servicio. Cada plan familiar considera un mínimo de beneficiarios. Si esta cantidad de personas llegara a ser menor que el mínimo, el precio base mensual del plan se mantiene, pudiendo reemplazarse a la persona saliente por una nueva. La primera cuota deberá ser cancelada y deberá presentarse el comprobante junto con la documentación requerida (contrato firmado, copia de cédula del titular del plan o en su defecto la personería jurídica no más dos meses de emitida, y la cédula del representante, Adendum al Contrato: “Protocolo de servicios” y otros documentos solicitados por el asesor), para poder dar de alta al AFILIADO, emitiéndose así la primera factura del servicio. A partir de la segunda cuota, el monto mensual será facturado por EMERGENCIAS el siguiente mes, según la fecha de afiliación y debe ser percibido dentro de los cinco (5) días calendario, inmediatos, posterior a la fecha de emisión de la factura. Este día, se considerará la fecha de vencimiento de la factura.
QUINTA: DE LA OBLIGACION DE ESTAR AL DÍA: Para la utilización del servicio, el AFILIADO debe encontrarse al día con el pago de la cuota respectiva establecida y con el pago de cualquier otra contraprestación debida a EMERGENCIAS, caso contrario EMERGENCIAS podrá proceder a la desafiliación de forma automática, al día siguiente de la fecha de vencimiento de la factura, mencionada en la cláusula CUARTA de este documento. El servicio será reestablecido en un plazo de 24 horas calendario una vez haya sido confirmado el pago de lo adeudado (la confirmación se hará únicamente de lunes a viernes de 8:00am a 5:00pm).
SEXTA: ZONA DE COBERTURA DE AMBULANCIA: EMERGENCIAS ofrece su servicio de atención de emergencias y otros servicios extrahospitalarios, siempre que el motivo determinante de la atención suceda fuera de cualquier centro de asistencia médica. Para la atención de emergencias el servicio se brindará en un área que está comprendida entre los límites: Al este, en Cartago, zona limitada por Quircot, San Rafael de Oreamuno, Dulce Nombre, Agua Caliente, Tejar del Guarco, Lima, Taras hasta inicio carretera a Llano Grande. En Paraíso de Cartago hasta Sede de la UCR y Cruce del puente de la línea tren. Al sur, Cinco Esquinas de Aserrí, Alajuelita, San Antonio de Escazú, Salitral, Piedades de Santa Ana hasta Ciudad Colón. Al oeste, La Guácima, El Coyol hasta el cruce de Manolos. Al norte, Patio de Agua de Coronado, San Luis de Santo Domingo, San Isidro, San Rafael, Barva, Santa Barbara de Heredia, Desamparados, Barrio San José de Alajuela hasta Recope. Dicha zona de alcance podrá ser modificada por EMERGENCIAS según considere como de riesgo o difícil acceso en concordancia con las directrices de las autoridades nacionales, por demanda geográfica u otros factores que EMERGENCIAS considere importantes. Los demás servicios extrahospitalarios, de no emergencia, se podrán prestar según el plan contratado, a nivel nacional, excepto cuando el AFILIADO se encuentra fuera de los límites definidos para esta zona o en regiones que EMERGENCIAS considere como de riesgo o difícil acceso según las directrices de las autoridades nacionales, y lo especificado en la cláusula SEGUNDA. A la fecha de firma de este contrato el AFILIADO y sus beneficiarios se encuentran dentro del área de cobertura. El AFILIADO acepta, con la firma al final del contrato, comprender los límites de la zona de cobertura geográfica de EMERGENCIAS, además declara que la dirección indicada como domicilio de cada uno de los integrantes del plan contratado, las cuales figuran en las fichas de datos adjuntas, están comprendidas dentro de este territorio. De no ser así, acepta que tendrá la limitante de no recibir el servicio de atención de emergencias por parte de EMERGENCIAS en su domicilio, quedando supeditado a recibir los servicios adicionales como visita médica, telemedicina y otros incluidos en el plan contratado.
SÉTIMA: DE LAS EXCLUSIONES DE RESPONSABILIDADES DE EMERGENCIAS: La responsabilidad civil y/o penal de EMERGENCIAS quedará eximida, teniendo o no el AFILIADO participación activa, en los siguientes casos: A- Ante hechos de tal magnitud que revisan las características de catástrofes o desastres, tales como, pero no limitados a incendios, terremotos, inundaciones, guerra civil interna o internacional, rebelión, tumulto, motín, acto colectivo de vandalismo o de terrorismo o análogos, B- Ante el acontecimiento de accidentes que afecten simultáneamente a un número de AFILIADOS que supere la capacidad operativa y funcional de EMERGENCIAS. C- EMERGENCIAS queda igualmente eximida de toda responsabilidad cuando por circunstancias ajenas a su voluntad o que constituyan supuestos de caso fortuito o fuerza mayor, se encuentre impedida de prestar el servicio contratado o lo haga en forma distinta de la regulada en caso de contrato; y/o en casos en que por razones externas a EMERGENCIAS no se pudiese establecer comunicación con esta, en el entendido de que EMERGENCIAS mantendrá un número suficiente de troncales para que la comunicación se dé fácilmente . D- EMERGENCIAS podrá eventualmente poner a disposición, como beneficio adicional para el AFILIADO, fuera del área de cobertura descrita en la cláusula SEXTA, servicios de atención brindados por terceros, sea en el ámbito nacional o internacional, con o sin costo adicional para los AFILIADOS; en estos casos, la utilización de estos servicios será por exclusiva opción, responsabilidad y riesgo de los usuarios y EMERGENCIAS no tendrá responsabilidad alguna sea civil o penal como consecuencia de los servicios que prestare o debieran prestar estos terceros, con lo cual el AFILIADO acepta expresamente con la firma del presente, el carácter bilateral de las eventualidades que mantuvieran y eximen a EMERGENCIAS de cualquier responsabilidad en la misma.
OCTAVA: DE LA DURACIÓN DEL CONTRATO Y DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA: Este Contrato tiene una duración de un año a partir de su firma y será prorrogable de manera automática, salvo indicación expresa de alguna de las partes; además podrá darse por terminado sin responsabilidad para EMERGENCIAS en los siguientes casos: A- Cuando haya incumplimientos en el pago, tal y como lo disponen las cláusulas CUARTA Y QUINTA, automáticamente y sin necesidad de requerimiento alguno, quedará suspendido de pleno derecho el servicio al AFILIADO según se dispone en la cláusula QUINTA, mediando o no comunicación en tal sentido, y sin que le asista al AFILIADO derecho alguno. B- EMERGENCIAS podrá dar por terminado este contrato de forma inmediata, al comprobar falsedad en los datos declarados en el formulario de afiliación, desafiliando al AFILIADO, mediando o no comunicación en tal sentido, y sin que le asista al AFILIADO derecho a reclamo alguno. C- En el supuesto que se verificare la reiterada solicitud de servicios por motivos no asociados a diagnósticos de emergencias, y el AFILIADO no desee solicitar otros servicios ofrecidos dentro de su plan, EMERGENCIAS queda facultada para terminar de pleno derecho y de inmediato el servicio prestado, desafiliando al AFILIADO mediante o no comunicación en tal sentido, y sin que le asista al AFILIADO derecho a reclamo alguno. D- Por decisión de una de las partes, mediante notificación escrita a la otra al domicilio o correo electrónico señalado en la cláusula QUINTA CLAUSULA del Contrato CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS con por lo menos treinta días de anticipación de su próxima emisión de factura, plazo tras el cual se desafiliará al AFILIADO sin que le asista al AFILIADO y/o EMERGENCIAS derecho a reclamo alguno.
NOVENA: DE LA CONCLUSIÓN DE CADA SERVICIO Y DE LAS EXCLUSIONES: Cada servicio de emergencias terminará: A) A partir del ingreso del paciente al centro asistencial de salud, B): Cuando el personal de EMERGENCIAS determine que no existe la necesidad de traslado a un centro asistencial, C): Que la asistencia médica por parte del personal de EMERGENCIAS haya finalizado. Quedan excluidos de los servicios médicos de EMERGENCIAS, A1) Los traslados de un centro asistencial de salida a otro; B1) Los traslados de un centro asistencial al domicilio del paciente; C1) En eventos de tal magnitud que revistan las características de catástrofes o desastres, incendios, terremotos, inundaciones, guerra civil interna o internacional, rebelión, tumulto, motín, acto colectivo o de vandalismo o de terrorismo o análogos y demás situaciones que constituyan supuestos de caso fortuito o fuerza mayor y otros mencionados en las cláusulas PRIMERA y SEXTA.
DECIMA: DE LA HISTORIA CLÍNICA: El AFILIADO, paciente o la persona que lo acompañará, deben de firmar la historia clínica prehospitalaria, confeccionada por el personal de EMERGENCIAS que atienda el servicio.
DECIMA PRIMERA: DEL GRUPO DE INTEGRANTES: PARA LOS CONTRATOS FAMILIARES: Constituyen o son integrantes del grupo familiar o de la Institución las personas que se incluyen en la ficha de datos de los beneficiarios, y que se afilian conjuntamente o a través de AFILIADO al integrar dicha ficha. PARA LOS CONTRATOS EMPRESARIALES: Constituyen o son integrantes de la empresa las áreas que se incluyen en la ficha de datos empresarial, así como las personas que se incluyen en la ficha de datos de los beneficiarios y/o plantilla de inclusión de colaboradores, y que se afilian conjuntamente o a través de AFILIADO al integrar dichos documentos.
DECIMO SEGUNDA DE LA INICIACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: Todo contrato tendrá una duración mínima de 6 (seis) meses a partir de la fecha de su firma. Al término de dicho plazo, se prorrogará automáticamente por un tiempo indefinido, salvo denuncia escrita por cualquiera de las partes con una anticipación mínima de 30 días antes de la fecha de emisión de la siguiente factura. El AFILIADO se compromete a mantener su afiliación a EMERGENCIAS, por un período mínimo de 6 meses desde la fecha de inicio de la vigencia de este contrato. En caso de que el AFILIADO desee retirarse antes de cumplir el período mínimo de 6 meses, estará sujeto a cancelar los meses restantes del período de afiliación como compensación a EMERGENCIAS, incluso en caso de incumplimiento de pagos por parte del AFILIADO. Asimismo, EMERGENCIAS se reserva el derecho de dar por terminado el contrato de manera anticipada y sin responsabilidad alguna en caso de incumplimiento por parte del AFILIADO de las obligaciones establecidas en este contrato antes de cumplirse los 6 meses mínimos de permanencia
Todo contrato está sujeto a las causales de terminación anticipada antes referidas. La prestación del servicio será efectiva a partir del momento en que el AFILIADO se inscribe exitosamente por medio del contrato de Condiciones Particulares. Por razones de auditoria, EMERGENCIAS se reserva el derecho de rechazar cualquier afiliación posterior a la firma del contrato de Condiciones Particulares, a su solo arbitrio y sin expresión de causa, dentro de los 3 días hábiles posteriores de esa fecha, en cuyo caso, EMERGENCIAS reembolsará de inmediato cualquier importe que efectivamente hubiere recibido.
DECIMA TERCERA: DEL NUMERO DE AFILIADOS: PARA LOS CONTRATOS FAMILIARES: Cuando se generan cambios en el número, nombramiento, domicilio o cualquier otra característica de los afiliados dispuesta en el proceso de afiliación, el AFILIADO lo deberá comunicar a EMERGENCIAS al correo sac@emergenciasmedicas.com y procederá al ajuste de los montos percibidos y su registro operativo, sin que le quepa responsabilidad a EMERGENCIAS por omisiones del AFILIADO en comunicar cambios. PARA LOS CONTRATOS EMPRESARIALES: Cuando se generen cambios en el número de locales, tamaño o cantidad de personas, el AFILIADO lo comunicará a EMERGENCIAS al correo sac@emergenciasmedicas.com en el mes de ocurrencia ocho días hábiles antes de generarse la siguiente facturación, y EMERGENCIAS procederá al ajuste de los montos percibidos a partir del mes siguiente o la siguiente facturación, sin que le quepa responsabilidad a EMERGENCIAS por omisiones del AFILIADO.
DECIMA CUARTA: CONSENTIMIENTO INFORMADO: EMERGENCIAS MEDICAS DEL CONTINENTE S.A., cédula jurídica número
3-101-154998, respetuosa de la Ley 8968 “Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus Datos Personales”, y su reglamento, previo a incluir su información personal a nuestra Base de Datos, y en cumplimiento del artículo cinco de la citada norma, le solicita emitir formalmente su Consentimiento Informado, para lo cual hace de su conocimiento la siguiente información de interés: Existencia de una Base de Datos: Todo cliente o afiliado deberá completar un formulario de contacto en el cual se le solicitará información personal que será almacenada en la Base de Datos identificada como “Clientes”, cuyo responsable es EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A. Según se identifica en el formulario, hay información personal opcional y otra imprescindible para cumplir con la atención de la consulta o requerimiento del cliente. La información personal que nos facilite el cliente deberá ser actual, veraz y exacta. Todo campo que se identifica como obligatorio en nuestro formulario, tiene esa condición en virtud de que no es posible atender la solicitud del cliente sin haber registrado esa información básica. El no completar los campos requeridos impide la afiliación a nuestra base de datos. El resto de la información que no está identificada como obligatoria, es meramente opcional, lo que implica que el usuario se encuentra en total libertad de facilitarla o no dejar los espacios en blanco. Detalle de los fines de nuestra Base de Datos: La información personal relacionada al cliente será almacenada y utilizada por EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A. con el fin primordial de atender la solicitud del cliente de recibir una oferta de nuestros servicios, consecuentemente, al emitir este consentimiento el cliente autoriza a EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A. a incluir en la base de datos toda información que se genere dentro del giro Normal de la relación de servicio así como enviarle, por cualquier medio de contacto información relacionada directa e indirectamente con su afiliación y los servicios que ofrece la entidad. En forma secundaria, la base de datos será utilizada para remitirle información relacionada con nuestros productos, así como ofrecerle los diversos servicios que presta EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A. Consecuentemente, se le informa que el medio de contacto consignado podrá ser empleado por el responsable de la Base de Datos, para el envío de ofertas de servicio, encuestas, notificaciones por ajustes de precio, cambios en condiciones, y cualquier otra información con prospección comercial del responsable. La información personal formará parte de la Base de Datos, hasta que el cliente solicite la formal desinscripción, según los procedimientos que se han habilitado para tal fin y que se detallan seguidamente, o bien; cuando legalmente sea procedente. Destinatarios que tendrán acceso a la información personal: El Destinatario principal de la información es el responsable de la Base de Datos; EMERGENCIAS MEDICAS DEL CONTINENTE S.A., pero podrá ser compartida con empresas de su mismo grupo económico. Para cualquier transferencia a terceros, se solicitará su previo y expreso consentimiento. EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A. no vende ni alquila la información personal de sus clientes. Tratamiento de la Información: Hacemos de su conocimiento que el tratamiento de la información será ejecutado por EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A. mediante Protocolos de Actuación y de Seguridad, lo que garantiza el correcto, confidencial, y eficiente servicio. Hemos implementado Políticas de Seguridad y Confidencialidad, y se han aplicado todas las medidas de seguridad físicas y lógicas, razonables para la protección de la información de los clientes con el fin de evitar un uso no autorizado o fuera de los fines antes indicados. Cualquier información adicional que el usuario requiera en relación con nuestros protocolos, así como a la Seguridad de la Información de nuestra Base de Datos podrá ser consultada al correo electrónico info@emergenciasmedicas.com. Derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación: En apego y respeto al derecho de Autodeterminación Informativa en relación con su vida y el libre ejercicio de los derechos a la personalidad que le asiste a toda persona, nuestros clientes que deseen ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación podrán hacerlo por los siguientes medios: i) Enviando correo electrónico info@emergenciasmedicas.com. En ambos casos; personal calificado atenderá su solicitud y lo resolverá en un plazo menor a cinco días hábiles. De la identidad y dirección del responsable de la base de datos. La base de datos “Clientes” es una Base de Datos de EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A., empresa domiciliada en San José. Leído lo anterior y cumplido con el mandato legal que impone el artículo cinco de la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, al aceptar usted reconoce que: i) Ha leído y entendido los alcances de esta Política de Privacidad, ii) No tiene dudas relacionadas con la forma, medio, y fin para el cual se le ha solicitado la información en el sitio; iii) Acepta expresamente, en forma voluntaria, su registro en la Base de Datos Clientes de EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE S.A.; iv) Autoriza el tratamiento de la información otorgada según fue detallado y para los fines indicados, v) Fue informado de los medios por los cuales podrá ejercer los derechos que le asisten.
DECIMA QUINTA: DEL CONTENIDO DE ESTE CONTRATO: Este documento, el Contrato de CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS. y sus Anexos son los únicos instrumentos que reflejan la relación contractual entre las partes, y el mismo no será enmendado, alterado, ni cambiado, salvo mediante instrumento escrito de fecha posterior suscrito por las partes. Sin embargo, las partes podrán acordar modificar los anexos del presente contrato por separado, sin necesidad de modificar el contrato en su totalidad. Este Contrato y sus anexos, constituyen el entendimiento total de las partes con respecto a su objeto y con
respecto a éste, no existen más restricciones, promesas, afirmaciones, garantías, estipulaciones o compromisos que los expresamente contemplados en ellos.
DECIMA SEXTA: PROTOCOLO DE SERVICIOS (detallado en el ADENDUM AL CONTRATO: PROTOCOLO DE SERVICIOS): El AFILIADO acepta y expresa irrevocablemente el alcance y procedimientos descritos para la prestación de los servicios por parte de EMERGENCIAS. Además, acepta que recibió, leyó y firmó el ADENDUM AL CONTRATO: PROTOCOLO DE SERVICIOS de Emergencias Médicas, entendiendo el procedimiento para solicitar el servicio requerido según el caso. En caso de que no lo recibiera, el AFILIADO podrá notificar por escrito al correo sac@emergenciasmedicas.com para que un ejecutivo encargado se lo pueda suministrar.
DECIMA SÉTIMA: DE LA LEY APLICABLE: A todos los efectos legales resultantes de la interpretación y/o aplicación del presente Contrato, las partes se someten a los Tribunales Civiles de San José, renunciando desde ya a otro fuero o jurisdicción. Cualquier clausula mal redactada o que no se apegue a las leyes comerciales o de otro tipo, no anula ni invalida el resto de las cláusulas.
DECIMA OCTAVA: CELEBRACIÓN E INTERCAMBIO DEL DOCUMENTO FINAL: Las Partes reconocen y acuerdan que cada una de ellas, está autorizada a aceptar archivos “.pdf” por correo electrónico, WhatsApp (o herramienta similar) de los documentos que ejecutarán las otras Partes, y que dichos archivos “.pdf” así enviados serán vinculantes. El intercambio y la liberación por parte de las contratantes de las contrapartes firmadas, de conformidad con esta cláusula, considerará que los contratos adjuntos a dicha transmisión son la versión final, aceptada y acordada del contrato para todos los efectos legales.
La aceptación de los presentes términos y condiciones dará validez a este contrato entre EMERGENCIAS y el AFILIADO
Política de Renovación o Cancelación de la afiliación
El Afiliado es responsable directo de su cuenta y acepta que EMERGENCIAS renueve automáticamente el servicio. Así mismo, el AFILIADO podrá cancelar su afiliación al momento que lo desee, posterior al tiempo indicado en la cláusula DECIMO SEGUNDA del Contrato de prestación de servicios médicos de emergencias extra-hospitalarios, solicitando la baja al correo sac@emergenciasmedicas.com con por lo menos treinta días de anticipación a su próxima factura, plazo tras cual se desafiliará al AFILIADO sin que le asista al AFILIADO y/o EMERGENCIAS derecho a reclamo alguno.
Política de Devoluciones
EMERGENCIAS reembolsará al Afiliado cualquier importe que se hubiere recibido en caso de que por motivos de auditoría interna se le rechace su solicitud de afiliación. Esta devolución se hará directamente a la tarjeta con la que el Afiliado realizó el pago en un lapso de 72 horas hábiles a partir del momento en que la solicitud es rechazada. EMERGENCIAS no hará reembolso de dinero en caso de terminación anticipada como se describe en la cláusula octava de los términos y condiciones y en caso que el AFILIADO cancele su afiliación durante el mes en curso del servicio.